A- de 2022
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Cuervo Ruiz Carlos Julio Y Otros·Demandado Estacion Sa De Pasajeros De Tunja Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad de actos administrativos o acuerdos de voluntades en los que intervenga una entidad estatal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Oralidad de Tunja, Boyacá y el Juzgado Doce Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
Dicho conflicto se presentó respecto al conocimiento de una demanda declarativa interpuesta por un grupo de particulares en contra de la Sociedad LA ESTACIÓN S.A., con el fin de que se decrete la nulidad absoluta de una escritura pública, elevada ante el Notario Primero de Tunja, por la cual se vendió un inmueble sin que el representante legal se encontrará facultado para la enajenación de activos, puesto que aquella sociedad tiene un 50% de participación de la Alcaldía Municipal de Tunja.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 241 de 2022, donde afirma que, cuando lo que se pretende demandar es la nulidad del contenido de la escritura pública, conocerá de la demanda la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo si el contenido consiste en un acto administrativo o un acuerdo de voluntades en el que intervenga una entidad estatal.
En caso contrario, el conocimiento de la acción corresponderá a la Jurisdicción Ordinaria, en aplicación de la regla general o residual de competencia prevista a su favor en el artículo 15 del Código General del Proceso.
Con base a lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Doce Administrativo Oral del Circuito de Tunja, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Oralidad de Tunja y el Juzgado Doce Administrativo Oral del Circuito de Tunja, y DECLARAR que el Juzgado Doce Administrativo Oral del Circuito de Tunja, Boyacá, es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por Carlos Julio Cuervo Ruiz, Rafael Espinosa Gaona, Jairo José Cuervo, Israel Vargas y Graciela Sora Arias, presentaron demanda contra de la Sociedad "LA ESTACIÓN S.A." Central de Pasajeros de Tunja.
- SEGUNDO. REMITIR por intermedio de la Secretaría General, el expediente CJU-1335 al Juzgado Doce Administrativo Oral del Circuito de Tunja, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Oralidad de Tunja.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.